Pregunta: ¿Cómo puedo renunciar a mi membresía en el sindicato?

Respuesta: En Pattern Makers v. NLRB, 473 U.S. 95 (1985), el Tribunal Supremo de los Estados Unidos decidió que los miembros del sindicato tienen el derecho de renunciar a sus membresías en el sindicato en cualquier momento.

Por supuesto, la decisión de renunciar es completamente suya. Si el contrato entre su empleador y el sindicato no contiene ninguna disposición que le requiera unirse al sindicato o pagarle cuotas, no tendría ninguna obligación hacia el sindicato después de su renuncia. Si el contrato no contiene una disposición de ese tipo, entonces como no miembro, tendría el derecho de limitar sus cuotas sindicales a su parte de los costos de la negociación colectiva, administración del contrato y ajuste de agravios, y tampoco estaría sujeto a las reglas o medidas disciplinarias del sindicato. Por ejemplo, los que no son miembros no están sujetos a las reglas del sindicato en contra de trabajar durante una huelga. Si es miembro del sindicato y trabaja durante una huelga, el sindicato podría imponerle una multa y cobrarla por medio de un tribunal estatal.

Si renuncia, el sindicato tiene que seguir representándolo en forma justa y sin discriminación respecto a todos los asuntos sujetos a la negociación colectiva y no se le puede negar ninguna prestación según el contrato laboral con su empleador debido a no ser miembro.

Por otro lado, no tendría el derecho a votar sobre la ratificación del contrato ni en la elección de funcionarios del sindicato, y puede haber prestaciones otorgadas según el acta constitutiva del sindicato que no estén disponibles a los que no son miembros. (Sin embargo, a los que no son miembros no se les puede cobrar una parte de los costos de las prestaciones que son para los miembros solamente). Esas prestaciones pueden incluir seguir participando en el plan de jubilación para miembros solamente. (Su participación en un plan de pensión financiado por su empleador o financiado conjuntamente con su empleador, que se otorga como una prestación al empleado, no puede ser afectada negativamente por no ser miembro del sindicato.)

Puede renunciar simplemente mandándole una carta escrita al sindicato diciendo que quiere renunciar con efecto inmediato. De igual manera, puede hacer valer su derecho a no pagar por las actividades políticas del sindicato notificando al sindicato por escrito que se opone al uso de sus cuotas para propósitos distintos a la negociación colectiva y a la administración del contrato. El sindicato puede alegar que las renuncias únicamente se pueden presentar durante un periodo específico. Esto no es cierto porque dichas limitaciones sobre el derecho a renunciar están en contra de la ley de acuerdo a Pattern Makers.

Debería verificar el acta constitutiva y los estatutos de su sindicato para ver si tienen alguna disposición que especifique a quién se le debe presentar la renuncia. Dichos requerimientos se han sostenido en los tribunales y en la Junta Nacional de Relaciones del Trabajo (NLRB por sus siglas en inglés). También debería verificar con el sindicato para ver si tiene una política concerniente a cuándo y a quién se le deben presentar las objeciones Beck (objeciones a la cantidad de las cuotas del sindicato). Para obtener enlaces a políticas de objeción al sindicato en el Internet, haga clic aquí.

Si ha autorizado el descuento por nómina de sus cuotas completas, es posible que también tenga que notificarle a su empleador que desea autorizar que se descuente únicamente la parte de sus cuotas que es legalmente imputable bajo Beck. El notificar a su empleador acerca de su cambio a la condición de objetor Beck debería tomarse como un simple cambio a la cantidad autorizada para el descuento y debería ser aceptado por su empleador para implementarse inmediatamente, suponiendo que también haya notificado a su sindicato.

Si decide renunciar y oponerse, guarde copias para sus archivos, tanto de su renuncia como de su carta de objeción. Debería mandar ambas por correo certificado con acuse de recibo para que el sindicato no pueda decir que no los recibió. Si su sindicato o empleador se rehúsa a aceptar su renuncia u objeción, debería comunicarse inmediatamente con la Fundación si desea ayuda.

Si su sindicato o empleador no le permite renunciar, usted tendría el derecho a presentar un cargo de prácticas ilícitas del trabajo en contra de la(s) parte(s) rehusante(s) ante la oficina regional más cercana de la NLRB. Sin embargo, debe estar consciente que los reclamos concernientes a la conducta que ocurra mas de seis meses antes de la presentación de cargos pueden haber prescrito, así es que es importante presentar los reclamos con prontitud.

Además de los derechos detallados arriba (en cuanto a las maneras de limitar su afiliación con el sindicato), también debería recordar que los empleados del sector privado amparados por la NLRA tienen el derecho de pedir una elección para la" desautorización", la cual completamente nulifica la cláusula de sindicalismo forzoso en el convenio colectivo laboral, y elimina TODOS los requerimientos de cuotas. Para más información acerca de esta opción, haga clic aquí.

Esta información no pretende animarlo a renunciar a su sindicato y a oponerse a la cantidad de las cuotas sindicales. La intención es simplemente explicarle sus derechos legales en este tipo de situación.

Haga clic aquí si quisiera ver un ejemplo de una carta de renuncia.


Si desea enterarse más acerca de sus derechos legales como empleado en el sector privado, haga clic en la pregunta apropiada de las siguientes: